Comisión Directiva


MISIONES DE LA COMISION DIRECTIVA DE LA ASOCIACION

· Ejecutar las resoluciones de la Asamblea, cumplir y hacer cumplir este estatuto y los reglamentos, interpretándolos en caso de duda con cargo de dar cuenta a la Asamblea más próxima que se celebre.

· Ejercer la administración de la Asociación.

· Convocar a Asamblea.

· Resolver la admisión de los que soliciten ingresar como socios.

· Cesantear o sancionar a los asociados.

· Nombrar al personal necesario para cumplimiento de la finalidad social, fijarle sueldo, determinar las obligaciones, sancionarlos y despedirlos.

· Presentar a la Asamblea General Ordinaria la memoria, balances generales, inventario, cuenta de gastos y recursos e informes del Órgano de Fiscalización. Todos estos documentos deberán ser puestos en conocimiento de los socios con la anticipación requerida por el Artículo 23 para la convocatoria de la Asamblea Ordinaria.

· Realizar los actos que especifican los Artículos 1881 y concordantes del Código Civil, con cargo de dar cuenta a la primera Asamblea que se celebre, salvo los casos de adquisición y enajenación de inmuebles y constitución de gravámenes sobre éstos en que sería necesaria la autorización de la Asamblea.

· Dictar las reglamentaciones internas necesarias para el cumplimiento de las finalidades, las que deberán ser aprobadas por la Asamblea y presentadas a la Inspección General de Justicia a los efectos determinados en el Articulo 114 de las Normas de Dicho Organismo, sin cuyo requisito no podrá entrar en vigencia. Exceptuándose aquellas reglamentaciones que no tengan contenido estatutario.

MISIONES DE LOS INTEGRANTES DE LA COMISION DIRECTIVA

PRESIDENTE

· Ejercer la representación de la Asociación.

· Citar a las Asambleas y convocar a las sesiones de la Comisión Directiva y presidirla.

· Tendrá derecho a voto en las sesiones de la Comisión Directiva solo en caso de empate, en que votará para desempatar.

· Firmar con el Secretario, las Actas de las sesiones de la Comisión Directiva, la correspondencia y todo documento de la Asociación.

· Autorizar con el Tesorero las cuentas de gastos, firmando los recibos y además documentos de la Tesorería de acuerdo con lo resuelto por la Comisión Directiva. No permitirá que los fondos sociales sean invertidos en objetivos ajenos a lo prescripto por este estatuto.

· Dirigir las discusiones, suspender y levantar las sesiones de la Comisión Directiva y Asamblea cuando se altere el orden y falte el respeto debido.

· Velar por la buena marcha y administración de la Asociación, observando y haciendo observar el estatuto, reglamentos, las resoluciones de la Asamblea y de la Comisión Directiva.

· Sanciones a cualquier empleado que no cumpla con sus obligaciones y adoptar las resoluciones en los casos imprevistos, en ambos supuestos serán “Ad referéndum” de la Comisión Directiva.

VICEPRESIDENTE

Reemplaza al Presidente en los supuestos de licencia, renuncia, incapacidad total o parcial, u otras circunstancias que determinen el alejamiento, renuncia transitoria o definitiva de aquel. A tal efecto posee las mismas atribuciones y obligaciones que este estatuto confiere al Presidente.

SECRETARIO:

· Asistir a la Asambleas y sesiones de la Comisión Directiva, redactado las actas respectivas, las que se asentarán en el libro correspondiente y firmará con el Presidente.

· Firmará con el Presidente la correspondencia y todo documento de la Asociación.

· Llevará el libro de actas y conjuntamente con el tesorero, el registro de Asociados.

TESORERO:

· Asistir a las sesiones de la Comisión Directivas y a las Asambleas.

· Llevar conjuntamente con el Secretario el Registro de Asociados, será responsable de todo lo relacionado con el cobro de las cuotas sociales.

· Llevar los libros de contabilidad.

· Presentar a la Comisión Directivas los balances mensuales y preparar anualmente, el balance general y cuentas de recursos e inventarios correspondientes al ejercicio vencido, que previa aprobación de la Comisión Directiva serán sometidos a la Asamblea Ordinaria.

· Firmar con el Presidente los recibos y demás documentos de tesorería, efectuando los pagos resueltos por la Comisión Directiva.

· Depositar en una institución bancaria a nombre de la Asociación y a la orden conjunta del Presidente y el Tesorero, los fondos ingresados a la Caja Social, pudiendo retener en la misma hasta la suma que la Comisión Directiva determine.

· Dar cuenta del estado económico de la entidad a la Comisión Directiva y al Órgano de Fiscalización toda vez que se le exija.